Las entidades pueden regularizar su personería jurídica

Para poder conocer más sobre la situación de personas jurídicas y las posibilidades que tienen las instituciones intermedias de poder conseguirlas, la importancia de las mismas y que tramites hay que realizar consultamos a la Dra. Marita Gelitti (*), destacada  en el tema.

Muchas veces las entidades pierden la personería jurídica. ¿Es así?

Puntualmente lo que he observado en tantos años asesorando instituciones que ellas dejan de presentar balances y renovación de comisiones en personas jurídicas y por ello quedan irregulares, perdiendo la vigencia.

¿Por qué sucede?

Desde mi opinión porque las personas que forman parte de instituciones saben desarrollar el objeto de las mismas (deportes, culturas, sociales etc) pero no tienen tiempo, capacidad y recursos para la cuestión de los “papeles”. Veo muchas que hacen los balances con un contador/a pero luego si eso no se remite a Personas Jurídicas se produce la irregularidad en la personería.

¿Qué pasa si una entidad pierde su personería?

Si sólo tiene la situación de “deuda de presentaciones”, pierde exenciones impositivas, no accede a programas o subsidios, por dar algunos ejemplos.

Y si se le cancela su personería entra en una etapa de liquidación en donde sus bienes será destinados a la entidad que han determinado por estatuto y lo más grave es que deja de existir para la comunidad.

¿Es factible regularizar de manera sencilla, o es muy complejo?

Meses atrás se dictó la Le 15.192 que flexibiliza los trámites y lo hace mucho más accesible, por lo tanto recomiendo que se aproveche el nuevo trámite a fin de ponerse al día con la personería.

(*) [email protected]

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