A más de un año y medio de la sanción en la Cámara de Diputados de la Ley de Talles, el Gobierno Nacional publicó la reglamentación.
El Gobierno Nacional reglamentó la Ley de Talles, a través de un decreto publicado hoy en Boletín Oficial 375/2021. La normativa que establece un sistema único normalizado de identificación de talles de indumentaria (Suniti) en todo el país.
A partir de hoy, en casi todas las prendas de vestir, comienza a regir el “Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria” (Ley 27.521) para quienes comercializan vestimenta nacional o importada. Además alcanza a locales presenciales o aquellos que comercializan por medios electrónicos.
La normativa aclara que el sistema deberá ser implementado para la totalidad de la indumentaria, “salvo aquellas prendas expresamente excluidas”, que refiere a aquellas de la denominada alta costura, de diseño de autor, las prendas confeccionadas a medida, los accesorios como bufandas, pañuelos, corbatas, guantes, sombreros, medias y los implementos de protección personal en tareas laborales.
La nueva medida pretende acabar con las especulaciones con los talles y generar “el acceso a información unívoca en materia de talles de indumentaria”, según resaltó el decreto.
“La falta de la estandarización en el sistema de identificación de talles de indumentaria es una problemática que tiene repercusión no solo en los distintos sectores dedicados a la fabricación, confección, comercialización e importación de estos productos sino, fundamentalmente, afecta el interés de las consumidoras y los consumidores” resaltó el texto oficial.
El Ejecutivo determinó además que “será considerado acto discriminatorio cualquier práctica abusiva, vejatoria o estigmatizante referida al aspecto físico, género, orientación sexual, identidad de género u otra característica de las consumidoras y los consumidores”, por lo cual será un acto de discriminación no contar con talles de las prendas.
La ley manda a hacer un estudio antropométrico mediante el cual se establecerán las medidas corporales estandarizadas. Este quedará a cargo del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) , que será el encargado de realizarlo dentro del plazo menor a los 240 días.
A partir de la publicación del estudio por parte del INTI, todos los locales y todas las marcas de ropa deberán tener talles de manera unificada y para todas las medidas de cuerpos.
Además se se creó el “Consejo Técnico Consultivo del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria”, cuya función será examinar y pronunciarse, a pedido de la autoridad de aplicación, sobre cuestiones referentes a la implementación y difusión de ese sistema, sin efecto vinculante. Estará conformado por representantes de la Secretaría de Comercio Interior, de las cámaras sectoriales, de organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática; un representante de los profesores regulares de las Universidades Nacionales de la carrera de Diseño de Indumentaria y Diseño Textil, un representante del Ministerio de Salud, del Inadi y del INTI.
Be the first to comment on "Todo sobre la reglamentación de la Ley de Talles"