Esta información es tanto para las personas que NUNCA reclamaron cuota de alimentos como para aquellos que JAMAS pasaron cuota de alimentos a sus hijos.
Que sucede si después de varios meses o años decidís reclamar la cota de alimentos de tus hijos?¿Se pueden reclamar las cuotas de alimentos que no se pagaron?
La respuesta es, DEPENDE, porque como aclaro siempre cada caso es particular.
1) Si tenés algún acuerdo firmado, ¡Podes reclamar el incumplimiento con un juicio de ejecución! Tengamos en cuenta el tiempo, ya que hay jurisprudencia que establece plazo de prescripción.
2) Si nunca firmaste un acuerdo o iniciaste un reclamo judicial, no se puede reclamar en forma retroactiva la cuota que el progenitor no pagó. Esto es porque el juez presume que si previamente no se efectuó el reclamo, es porque no había necesidad de hacerlo, por lo tanto, no hay incumplimiento
La cuota alimentaria propiamente dicha, solo puede percibirse en forma retroactiva desde el día que se ingresa la demanda o se inicia el reclamo de manera fehaciente.
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Contacto: 2345-470084.
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