Si nunca firmaste o iniciaste un reclamo judicial, no se puede reclamar en forma retroactiva la cuota que el progenitor no pagó. Se presume que si previamente no se efectuó el reclamo, es porque no había necesidad de hacerlo, por lo tanto, no hay incumplimiento. Lo mismo sucede si “de palabra” te pasaba una cuota y de un dia para otro no te paso más… Como sabemos a las palabras se las lleva el viento “de palabra” tiene nula validez legal., por eso te recomiendo que siempre quede todo asentado judicialmente.
Tenes dos maneras:
La “menos” conflictiva, es lograr un acuerdo entre ambos progenitores – cada uno con sus respectivos abogados- y acordar el valor mensual a pasar en concepto de cuota alimentaria o el porcentaje en cuestión, considerando el salario del progenitor obligado.
La otra, es iniciar el correspondiente expediente de alimentos ante el Juzgado.
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