El arresto domiciliario consiste en estar detenido en el hogar y es un beneficio al que puede acceder aquella persona imputada que se encuentra detenidos en el marco de una causa penal.
Frente a esta situación, la defensa del imputado puede solicitar la morigeración de la pena (es decir, la atenuación del castigo) por ejemplo a través de la prision domiciliaria.
Dicha cuestión no es automática, sino que se deben realizar una serie de informes psicológicos, psiquiátricos y socio -ambientales que den cuenta de que la persona está en condiciones de poder cumplir con esta medida-o no-siendo el juez competente quien tendrá que resolver, considerando también la pena en expectativa.
Esto aplica tanto a detenidos que se encuentran procesados con prisión preventiva (aquellos que todavía no fueron a juicio) como a personas con sentencia firme que están cumpliendo su condena en prisión.
“La detención domiciliaria prevista por el Código Penal se cumplirá bajo inspección o vigilancia de la Autoridad policial o del Servicio Penitenciario, para lo cual el Órgano competente impartirá las ordenes necesarias. Si el penado quebrantare la condena, pasará a cumplirla en el establecimiento que corresponda” C.P.P
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