En vacaciones… ¿Corresponde suspender o reducir la cuota de alimentos?

Llegan las vacaciones de invierno y los hijos pasan una semana con cada progenitor, ¿corresponde pagar igual la cuota de alimentos? ¿Se reduce el monto de la misma en vacaciones?

En principio la cuota de alimentos no se suspende ni se reduce en las vacaciones ni de invierno ni de verano, salvo que se haya acordado lo contrario por acuerdo entre las partes o sentencia judicial.
Si los hijos pasan una semana, quince dias o el mes entero con el progenitor no conviviente durante alguno de los recesos, la cuota de alimentos se debe abonar igual, ya que en consecuencia se generaria un incumplimiento lo que conlleva deuda, intereses y conflicto, excepto que se haya acordado o fijado algo especifico para estos periodos.

Y esto ¿por qué es asi? Porque hay gastos de los menores que en vacaciones se deben abonar igualmente. La cuota de alimentos contempla los gastos mensuales de los niños, como por ejemplo alquiler, obra social, salario de niñeras, entre otros.

Cada familia es distintas, por ende cada caso.

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